La manera en que se prohíben las “terapias de conversión” pueden verse muy diferentes entre sí. La siguiente guía incluye varios ejemplos de dónde se han introducido prohibiciones, cómo son, a quiénes protegen y si son legalmente aplicables.
EJEMPLO 1: PROHIBICIÓN LEGISLATIVA TOTAL
Introducida en: Victoria, Australia; Canadá (federal); Malta; varios estados mexicanos
Algunas jurisdicciones han implementado proyectos de ley específicos que buscan prohibir explícitamente las prácticas de conversión, aplicables a todas las personas en todos los entornos. Estas leyes parlamentarias específicas buscan definir las prácticas de conversión en la ley, identificar a las personas protegidas por la ley y establecer castigos penales para quienes ofrezcan o realicen "terapias de conversión".
Un proyecto de ley aprobado en el estado de Victoria en Australia en 2021 ha sido descrito como " líder mundial" y el "estándar de oro" para la legislación de terapia de conversión. La ley prohíbe que cualquier individuo u organización intente suprimir o cambiar la orientación sexual o la identidad de género de alguien, sin importar si es menor o mayor de 18 años. La ley se aplica tanto a les profesionales de la salud como en entornos religiosos. Aquellas personas declaradas culpables de realizar activamente prácticas de conversión están sujetas a una multa de hasta $ 10,000 y una sentencia de prisión de hasta 10 años.
La Afirmación de la Ley de orientación sexual, identidad de género y expresión de género en Malta, aprobada en 2016, trata específicamente de la terapia de conversión y se considera un modelo a seguir para los países europeos. La ley prohíbe la terapia de conversión tanto en entornos profesionales como no profesionales, y protege tanto a menores como a mayores de edad.
EJEMPLO 2: PROHIBICIÓN LEGISLATIVA DE PROTECCIÓN A MENORES
Introducida en: Alemania; numerosas jurisdicciones estadounidenses; Ontario, Canadá
Algunas jurisdicciones tienen legislación que prohíbe las prácticas de conversión dirigidas a menores y personas vulnerables. La Ley de Protección contra los Tratamientos de Conversión en Alemania, por ejemplo, prohíbe que la terapia de conversión se realice en personas menores de 18 años y en adultes bajo coacción o sin la capacidad de dar su consentimiento. Una ley similar existe en el Distrito de Columbia en los Estados Unidos, que protege tanto a les menores como a cualquier adulte bajo tutela o curatela.
Existen leyes en 20 estados de EE. UU. y en algunas jurisdicciones canadienses que prohíben que los profesionales de la salud ofrezcan y/o realicen terapias de conversión a menores. Estas leyes no cubren entornos religiosos y no se aplican a los adultos. Desde entonces, las leyes provinciales canadienses han sido reemplazadas por una prohibición "total" a nivel federal.
Estas prohibiciones legislativas no se consideran prohibiciones "totales", ya que no criminalizan por completo las terapias de conversión en todos los entornos y no se aplican a toda la ciudadanía. Las razones de esto son complejas e involucran cuestiones de consentimiento, o según cómo se defina “coerción” dependiendo de la jurisdicción y los argumentos relacionados con las libertades religiosas. Las religiones se abren camino a la fuerza, escudándose con los desafíos legales relacionados a la Primera Enmienda de la Constitución, una característica particular en la legislación estatal de EE. UU.
Aunque no son tan completas como las prohibiciones 'totales', estas leyes al menos protegen a las personas más vulnerables de la sociedad y son la opción preferible en comparación con ninguna prohibición.
EJEMPLO 3: PROTECCIONES INDIRECTAS A TRAVÉS DE LA LEGISLACIÓN DE SALUD MENTAL
Introducidas en: Argentina; Fiyi; Nauru; Samoa; Taiwán; Uruguay
Algunos países, si bien no tienen leyes específicas que busquen prohibir la terapia de conversión, tienen prohibiciones indirectas debido a ciertas disposiciones en la legislación de salud mental.
Tres naciones del Pacífico, Fiji, Nauru y Samoa, tienen cláusulas dentro de sus leyes de salud mental que dicen que una persona no puede ser considerada mentalmente enferma si expresa o se niega a expresar una preferencia u orientación sexual en particular. Esto significa en la práctica que los profesionales de la salud tienen prohibido realizar terapias de conversión que intenten cambiar la orientación sexual de alguien.
En Argentina y Uruguay, las disposiciones de las leyes de salud mental de cada país impiden un diagnóstico de salud mental sobre la base exclusiva de la sexualidad o la identidad de género.
Si bien estas leyes prohíben indirectamente que los profesionales de la salud participen en prácticas de conversión, no abordan las terapias religiosas y comunitarias. En el caso de Fiji, Nauru y Samoa, la identidad de género no se menciona explícitamente en sus leyes, lo que significa que las personas transgénero aún pueden estar en riesgo.
EJEMPLO 4: SENTENCIA JUDICIAL
Introducida en: Brasil; Tamil Nadu, India
Si bien algunos países han introducido prohibiciones en la “terapia de conversión” a través de lsus legislaciones, algunas jurisdicciones han prohibido las prácticas de conversión a través del poder judicial.
En Brasil, el Tribunal Supremo Federal dictaminó que una resolución emitida por el Consejo Federal de Psicología, la cual prohíbe que los profesionales de la salud con licencia ofrezcan servicios de 'cura gay', es legalmente aplicable, lo que significa que la prohibición se afirma en la ley sin más vías de apelación.
Un juez del Tribunal Supremo del estado indio de Tamil Nadu dictaminó de manera similar que es ilegal intentar “curar” médicamente o cambiar la orientación sexual de alguien a heterosexual o la identidad de género de las personas transgénero a cisgénero.
En estos casos, una prohibición legislativa puede no ser necesaria si ya existen disposiciones en el derecho civil o tradicional. Tales fallos, sin embargo, pueden no tratar con el castigo penal y pueden no ser aplicables en todos los entornos.
EJEMPLO 5: DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL
Introducidas en: Ecuador; Ciudad de México, México
Algunas jurisdicciones han buscado criminalizar la terapia de conversión dentro de su código penal compilado, en lugar de introducir una legislación específica.
El Código Orgánico Integral Penal de Ecuador, aprobado por la Asamblea Nacional en 2014, define ampliamente la 'tortura' y tipifica como delito cualquier acto realizado con la intención de intentar cambiar la orientación sexual de alguien.
De manera similar, el Congreso de la Ciudad de México votó en 2020 para enmendar el código penal de la jurisdicción para tipificar como delito la “terapia de conversión”.
EJEMPLO 6: PROHIBICIÓN EFECTIVA APLICADA POR EL CUERPO MÉDICO PROFESIONAL
Introducida en: Albania
Es posible que el organismo rector médico oficial de un país emita una resolución o directiva que prohíba a sus miembros ofrecer y realizar terapias de conversión. Este fue el caso en Brasil en 1999, cuando resolución finalmente obtuvo la confirmación legal de la Corte Suprema.
Dicha resolución también fue emitida por la Orden de Psicólogos de Albania en 2020. En la práctica, esto significa que todos los profesionales de la salud en el país están sujetos a una prohibición de terapia de conversión, ya que todos los terapeutas registrados deben ser miembros de la Orden de Psicólogos.
Si bien se presume que la resolución es legalmente aplicable, dado que la Orden de Psicólogos es un organismo legalmente acreditado sujeto a regulaciones parlamentarias, no existe una ley explícita o sentencia judicial en Albania para criminalizar oficialmente las prácticas de conversión, y las medidas tampoco se aplican en entornos no profesionales. .
Puede ver una descripción detallada del progreso legislativo con un desglose país por país aquí.